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Calendario de conferencias de la CEPAL propuesto para el período 2015-2016

Nota de la Secretaría
Publicado:19/02/2014
  • Período de Sesiones de la Comisión

Fecha de Publicación: : 

19/02/2014

Editorial: 

  • CEPAL
  • Período de Sesiones de la Comisión

Descrição

En los períodos de sesiones de la CEPAL, que se realizan cada dos años, la Comisión examina y aprueba el calendario de reuniones intergubernamentales para el bienio siguiente, teniendo en cuenta los mandatos emanados de la Asamblea General, el Consejo Económico y Social y la CEPAL, y los recursos disponibles, entre otros factores pertinentes.

En agosto de 1987, tras examinar la estructura intergubernamental y de conferencias de la Comisión, el Comité Plenario aprobó, en su decimonoveno período de sesiones, la resolución 489(PLEN.19), en la que recomendaba, entre otras cosas, que se mantuvieran la estructura institucional de la CEPAL y su sistema (véase el anexo 2).

En el vigesimosexto período de sesiones, realizado en San José, del 15 al 20 de abril de 1996, se consideró el documento titulado “La reforma de las Naciones Unidas y su incidencia en la CEPAL. Nota de la Secretaría”1. Luego de examinar el tema, la Comisión aprobó la resolución 553(XXVI) (véase el anexo 3). Respecto del patrón de reuniones del sistema de la CEPAL, en dicha resolución se recomienda continuar con la práctica de celebrar reuniones bienales del foro principal, como base para mantener la simplicidad, eficacia y agilidad del funcionamiento de la Comisión.

En el trigésimo cuarto período de sesiones, realizado en San Salvador, del 27 al 31 de agosto de 2012, la Comisión consideró el documento titulado “Calendario de conferencias de la CEPAL propuesto para el período 2012-2014. Nota de la Secretaría”2. Tras el examen de este tema, la Comisión aprobó la resolución 659(XXXIV), en virtud de la cual decidió mantener la actual estructura intergubernamental y el patrón de reuniones vigentes y aprobó el calendario de conferencias para el período señalado (véase el anexo 4).